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lunes, 16 de diciembre de 2013

La Audiencia Provincial archiva el caso de las naves de La Puerta de Segura que fue denunciado por un concejal del PP

Foto de las Naves google street view
La Audiencia Provincial de Jaén ha dictado auto de sobreseimiento del caso de las naves construidas en La Puerta de Segura con cargo al Plan E. Esta resolución judicial confirma el archivo de la causa que ya había dictado el Juzgado de Villacarrillo al desestimar el recurso presentado por el denunciante, Domingo Muñoz Juárez, concejal del PP.
El alcalde, Jesús González, ha mostrado su satisfacción por la decisión de la Justicia, que da la razón al Ayuntamiento al dictaminar que su actuación no fue ilegal, ni injusta, ni arbitraria. La Audiencia Provincial de Jaén ha dictado auto de sobreseimiento del caso de las naves construidas en La Puerta de Segura con cargo al Plan E. Esta resolución judicial confirma el archivo de la causa que ya había dictado el Juzgado de Villacarrillo al desestimar el recurso presentado por el denunciante.
El alcalde ha manifestado que “siempre hemos defendido que actuamos conforme a la normativa y con el más escrupuloso respeto a la legalidad, como no puede ser de otra manera, extremos que han venido a ratificar la Justicia por partida doble, tanto en la sentencia de primera instancia como en el auto que la confirma”.

El auto recuerda que el pleno del Ayuntamiento aprobó en enero de 2009 la aplicación de unos fondos del Plan E para la construcción de naves de uso industrial en La Puerta. La decisión fue aprobada por todos los concejales de la anterior Corporación Local. En una comisión informativa previa, en la que estaban representados todos los grupos políticos, se expusieron todos los detalles del proyecto. La denuncia realizada alegaba que el suelo era no urbanizable protegido. Sin embargo, el juez subraya que de la prueba documental practicada se concluye que “dicho suelo no goza de especial protección y no está dentro del Parque Natural de Cazorla, Segura y Las Villas, por lo que su carácter es de suelo no urbanizable común”, suelo en el que conforme a la LOUA y a las normas de planeamiento de La Puerta “se permitían construcciones (no necesariamente agrícolas) siempre que se obtenga la declaración de utilidad pública o de interés social”. El auto únicamente reconoce un error administrativo para cuya subsanación “se iniciaron los trámites oportunos antes de la denuncia interpuesta”.

Por todo ello, la sección segunda de la Audiencia Provincial desestima el recurso de apelación y confirma íntegramente el auto de archivo dictado por el Juzgado de Instrucción número 2 de Villacarrillo por presuntos delitos de prevaricación urbanística. Estaban imputados todos los miembros de la Corporación Local anterior. González recuerda la importancia de este proyecto para potenciar las infraestructuras de carácter empresarial e industrial de La Puerta de Segura y recalca que “todo lo que hizo el equipo de Gobierno fue trabajar con toda la intensidad, y dentro de los márgenes de la ley, para que la construcción de esas naves llegara a buen puerto”.

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