jueves, 17 de julio de 2014

Absuelto el acusado de La Puerta de Segura de apropiarse de más de 97.000 kilos de aceituna por no "probarse" el delito

FOTO AGUSTÍN MUÑOZ DIARIO JAEN
(EUROPA PRESS) -
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Jaén ha absuelto al hombre, identificado como J.S.B., juzgado este pasado lunes al estar acusado de quedarse con más de 97.000 kilogramos de aceituna entre las campañas de 2006 y 2010, al entender que los hechos que conformaban el presunto delito de apropiación indebida que le atribuyen la Fiscalía y la acusación particular "no han quedado probados".

Así se puede leer en la sentencia, consultada por Europa Press, que, de esta manera, únicamente considera probado que el procesado había sido enjuiciado por las acusaciones que se vertían contra él por un presunto delito de apropiación indebida, por el que la Fiscalía pedía una pena de tres años y seis meses de prisión.

En concreto, recuerda que, según el relato de los hechos del Ministerio Fiscal, el acusado trabajaba como encargado de las labores agrícolas y la recogida de la aceituna de unas fincas que sumaban en total 1.800 plantas "en edad plenamente productiva".


Para justificar el fallo absolutorio, el tribunal de la Audiencia subraya que, "en caso de duda", ese tiene que ser el sentido de una sentencia, de modo que "no basta la existencia de una sospecha o de algún indicio aislado para, sin más, dictar una sentencia condenatoria". Entre las campañas de 2006 a 2010, el procesado, según la Fiscalía, "movido por un ánimo manifiesto de obtener un lucro a costa de lo ajeno, procedía en el momento de descargar el fruto a distraer al propietario la totalidad o parte" de lo recolectado, y "ponía esa aceituna a su propio nombre o al de su esposa, cuñados u otros familiares", mecanismo con el que consiguió "apoderarse de un total de más de 97.000 kilos de aceituna".

En esa línea, el juez que firma la sentencia califica de "rotunda" y "sin fisuras" la declaración, en el acto del juicio, del acusado, que negó haberse apropiado para sí o para alguno de sus familiares de ninguna aceituna propiedad del patrón para el que trabajaba.

Además del procesado, en el juicio declaró la sobrina del empresario supuestamente estafado, ya fallecido, que mantuvo su acusación contra el encartado, para lo cual se apoyó en un informe pericial ratificado en el propio juicio por su autor que estimaba la cantidad de aceituna de la que se habría apropiado J.S.B., pero rebatido posteriormente, también en la sala, por un perito propuesto por la defensa.

También declararon testigos, de los que "ninguno vio que el acusado pusiera a su nombre o al de su familia la aceituna" propiedad del tío de la denunciante, según añade el tribunal, que concluye la sentencia señalando que "solo existen sospechas o conjeturas sobre los hechos denunciados", de modo que no hay "prueba alguna" del delito descrito por el fiscal y la acusación particular, de ahí que resuelva acordando la absolución del procesado para "garantizar" el derecho a la presunción de inocencia.

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