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lunes, 2 de diciembre de 2013
La Junta amplía a nueve los puntos de la provincia para registrar el testamento vital tras habilitar otros tres
La Junta de Andalucía ha ampliado a nueve el número de puntos disponibles en la provincia de Jaén para registrar el testamento vital tras sumar a los ya existentes otros tres nuevos en los centros de salud de Santisteban del Puerto y Baeza y en el Hospital 'San Agustín' de Linares. Ampliar foto De esta manera, estos puntos se suman a los que ya existían en la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, el centro de salud 'Puerta Madrid' de Andújar, el Distrito Sanitario de Jaén, el centro de salud de Alcalá la Real, el Hospital 'San Juan de la Cruz' de Úbeda y el centro de salud de Orcera, a los que, además, "durante el primer trimestre del próximo año" se añadirá uno más en el Complejo Hospitalario de Jaén. Así lo ha confirmado la Junta en una nota después de que la delegada territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, Ángeles Jiménez, haya presentado este lunes en el Hospital 'San Agustín' los tres nuevos puntos puestos en marcha, con los que se da cumplimiento, según se destaca desde la Administración andaluza, "al compromiso de la Junta de mejorar la accesibilidad de los ciudadanos a este registro, tal y como establece el Decreto 59/2012, de 13 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Registro de Voluntades Vitales Anticipadas de Andalucía". La puesta en marcha de estos nuevos puntos de registro, que "permitirán acercar este recurso a menos de 30 minutos del lugar de residencia de los ciudadanos", se está haciendo "de forma progresiva". Además, Jiménez ha destacado que "gracias a esta descentralización del registro, los ciudadanos tienen un más fácil acceso al derecho de manifestar, de forma voluntaria y con plenas capacidades mentales y de conciencia, qué actuaciones desea o no desea que se le practiquen en caso de que el propio paciente no pudiese manifestarlo en el momento de la atención". El registro de voluntades vitales de Andalucía, que funciona en esta comunidad desde 2004 y en el que ya hay inscritos hasta el mes de noviembre 1.401 testamentos vitales en Jaén, tiene por objetivo "la custodia, conservación y accesibilidad de las declaraciones de voluntad vital anticipada emitidas en la comunidad", y en dicho documento, los ciudadanos pueden "dejar constancia de qué actuaciones, dentro de la legalidad vigente, quieren que se tomen llegado el momento y, siempre y cuando, no pueda manifestarlo por sí mismo". Nueva guía De igual modo, la nueva guía de apoyo para los profesionales, la primera editada en el Sistema Nacional de Salud, tiene como objetivo "facilitar la planificación anticipada de las decisiones ante el proceso de la muerte y procurar a los profesionales de la sanidad andaluza conocimientos y pautas prácticas para poner en marcha procesos de planificación anticipada, junto a las personas incluidas en los programas de cuidados paliativos o atención domiciliaria o que padezcan enfermedades graves e irreversibles". De esta manera, la guía sirve para "clarificar conceptos" como el de "planificación anticipada de decisiones", por el que se entiende "el proceso voluntario de comunicación y deliberación entre una persona capaz y profesionales sanitarios implicados en su atención acerca de los valores, deseos y preferencias que quiere que se tengan en cuenta respecto a la atención sanitaria que recibirá el paciente, sobre todo en el momento final de su vida". En ese sentido, la delegada ha apuntado que "la guía puede resultar útil para cualquier profesional del sistema", de modo que "profesionales de la medicina, enfermería, fisioterapia, psicología, trabajo social o asesoría jurídica podrán hacer uso de los recursos que propone cuando estén atendiendo a la ciudadanía andaluza". Desde la Junta también se subraya que "siempre que la persona interesada lo permita, es deseable que participen en el proceso de decisión anticipada sus familiares, personas de su confianza o su representante, quienes, llegado el caso de que la persona pierda la capacidad de decidir, podrán tomar decisiones coherentes y respetuosas con los valores y deseos que expresó el paciente cuando sí podía decidir". El plan de decisión anticipada "debe ser voluntario, informado y realizarse cuando la persona aún es capaz de decidir la atención sanitaria que desea o no recibir en el momento final de la vida", y, una vez realizado, "se ha de registrar en la historia de salud y debe ser comunicado a todas las personas implicadas en la atención a la persona enferma, así como a sus familiares y representantes, siempre con el permiso de ésta". Además, el plan "debe ser revisado periódicamente, principalmente cuando cambien las condiciones de salud de las personas o se produzcan acontecimientos vitales importantes". Programa de telecontinuidad Por su parte, el proyecto de telecontinuidad a pacientes de cuidados paliativos nace para "dar respuesta a muchas de las circunstancias a las que la mayoría de las personas asocia con morir dignamente", entre las que figuran "morir sin dolor, morir durmiendo o estando inconsciente de la propia muerte, morir rodeado de los seres queridos, morir en la propia casa y no en un hospital". Según la Junta, este servicio, que "permite un seguimiento personalizado a estos pacientes tras haber recibido el alta" y se presta desde Salud Responde, "sigue en todo momento las indicaciones dadas por los sanitarios para cada paciente, y contacta con ellos cuando es necesario para comprobar que se encuentran bien y no necesitan atención médica", de modo que "en el caso de precisar algún tipo de consejo o asesoramiento, las enfermeras de Salud Responde se lo proporcionan y horas después realizan otra llamada para comprobar si la solución ha tenido efecto". En el caso de que se requiera asistencia, la llamada se deriva al 061, que pone en marcha el procedimiento para la atención del paciente en su domicilio. Al disponer de "todos los antecedentes e historial del interesado", este sistema "permite prestar una atención personalizada y más ágil a pacientes en cuidados paliativos, dado que es posible obviar parte del protocolo de preguntas necesario que se realiza desde las salas de coordinación de urgencias y emergencias".
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